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Coroico


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Coroico  Bolivia (Plurinational State of)
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Desde la gestión 2013 iniciamos el apoyo a la población a las personas mayores con un convenio firmado con Pastoral Social Caritas Coroico, desarrollando diferentes programas y, además, se promulgó una ley municipal que ha beneficiado a las personas adultas mayores, son las siguientes:

Se fortalece a la Asociación Municipal de Personas Adultas Mayores de Coroico que aglutina a más de 1500 personas adultas mayores. Las personas mayores tienen las actividades a través de la asociación de personas mayores, con reuniones ampliadas, viendo las necesidades que tienen a través de salud; dando apoyo a quienes están en situación de abandono; brindando asesoría jurídica y trabajo social para que puedan llegar a tener una vida digna; realizando campañas de ferias educativas en las comunidades, con el fin de brindar una atención oportuna y de calidad con las unidades de UPAM (unidades de atención y protección a personas adultas mayores).

La dirección de desarrollo humano cuenta con planes a corto y largo plazo, conforme a ejecuciones financieras, con actividades en fechas con gran impacto a nivel municipal, dónde la unidad de la UPAM tiene como fin brindar asesoramiento jurídico oportuno con calidad y calidez, y  a través de la dirección jurídica se elabora la proyección del Poa para poder establecer recursos para las personas mayores. Además, se desarrollan actividades terapéuticas de prevención, recreación, deportivas y de ocupación social para alcanzar un envejecimiento activo con participación social. Se brinda atención psicosocial para los casos de delitos contra la familia, delitos contra la vida, la integridad y la dignidad del ser humano, y delitos contra la propiedad.

Se deberá considerar que las actividades detalladas forman parte de lo establecido en la Constitución Política del Estado, en su Art. 232 que dispone “la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultado”; la Ley General de las Personas Adultas Mayores N° 369 en su Art. 5 inciso f) la cual establece: “la Práctica de actividades recreativas y de ocupación social, otorgando la infraestructura, equipamiento y los recursos necesarios para su sostenibilidad”; a la vez se toma en cuenta lo establecido en la Ley Municipal de las personas Adultas Mayores N° 071/2015 en su Art. 12 numeral 1 respecto a “la promoción de la cultura de respeto y reconocimiento a la Personas Adultas Mayores con un enfoque de inclusión social, en todos los ámbitos para lo cual el Gobierno Municipal priorizará los derechos de la Persona Adulta Mayor”.

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